CÓDIGO DE COMERCIO
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 28-03-2018
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deberá exhibirla con la contestación o dentro de los tres días siguientes al del vencimiento del término
para contestar la demanda.
Se entiende que las partes tienen a su disposición los documentos, siempre que legalmente puedan
pedir copia autorizada de los originales y exista obligación de expedírselos. Si las partes no tuvieren a su
disposición
o

por

cualquier

otra

causa

no

pudiesen

presentar

los

documentos

en

que

funden

sus
acciones
o

excepciones,

lo

declararán

al

juez,

bajo

protesta

de

decir

verdad,

el

motivo

por

el

que

no
pueden presentarlos. En vista a dicha manifestación, el juez, ordenará al responsable de la expedición
que el documento se expida a costa del interesado, apercibiéndolo con la imposición de alguna de las
medidas de apremio que autoriza la ley.
Salvo disposición legal en contrario o que se trate de pruebas supervenientes, de no cumplirse por las
partes con alguno de los requisitos anteriores, no se le recibirán las pruebas documentales que no obren
en su poder al presentar la demanda o contestación como tampoco si en esos escritos no se dejan de
identificar
las

documentales,

para

el

efecto

de

que

oportunamente

se

exijan

por

el

tribunal

y

sean
recibidas;
Fracción reformada DOF 04-01-1989, 24-05-1996
IV. Además de lo señalado en la fracción III, con la demanda y contestación se acompañarán todos
los documentos que las partes tengan en su poder y que deban de servir como pruebas de su parte; y,
los que presentaren después, con violación de este precepto, no le serán admitidos, salvo que se trate de
pruebas supervenientes, y
Fracción adicionada DOF 24-05-1996
V. Copia simple o fotostática siempre que sean legibles a simple vista, tanto del escrito de demanda
como de los demás documentos referidos, incluyendo la de los que se exhiban como prueba según los
párrafos procedentes para correr traslado a la contraria; así como del Registro Federal de Contribuyentes
(RFC), de la Clave Única de Registro de Población (CURP) tratándose de personas físicas, en ambos
casos cuando exista obligación legal para encontrarse inscrito en dichos registros, y de la identificación
oficial del actor o demandado.
Fracción adicionada DOF 24-05-1996. Reformada DOF 25-01-2017
Lo dispuesto en la fracción anterior, se observará también respecto de los escritos en que se oponga
la excepción de compensación o se promueva reconvención o algún incidente.
Párrafo adicionado DOF 24-05-1996
Artículo 1061 Bis. En todos los juicios mercantiles se reconoce como prueba la información generada
o comunicada que conste en medios digitales, ópticos o en cualquier otra tecnología. Su valor probatorio
se regirá conforme a lo previsto por el artículo 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Artículo adicionado DOF 13-06-2014
Artículo 1062.- En el caso de que se demuestre haber solicitado al protocolo dependencia o archivo
público la expedición del documento y no se expida, el juez ordenará al jefe o director responsable, que lo
expida a costa del solicitante dentro del plazo de tres días y le informe al juez con apercibimiento en caso
de no hacerlo de imposición de sanción pecuniaria hasta por los importes autorizados por la ley, que se
aplicará en beneficio de la parte perjudicada.
Artículo reformado DOF 24-05-1996
CAPITULO III
De las Formalidades Judiciales
Artículo 1063.- Los juicios mercantiles se substanciarán de acuerdo a los procedimientos aplicables
conforme este Código, las leyes especiales en materia de comercio y en su defecto por el Código Federal
de Procedimientos Civiles y en último término por el Código de Procedimientos Civiles local.