CÓDIGO DE COMERCIO
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 28-03-2018
261 de 286
DECRETO por el que se reforma el artículo 1411 del Código de Comercio.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 2011
Artículo Único.- Se reforma el artículo 1411 del Código de Comercio, para quedar como sigue:
………
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
México,
D.F.,

a

20

de

septiembre

de

2011.-

Sen.

Jose

Gonzalez

Morfin,

Presidente.-

Dip.

Emilio
Chuayffet
Chemor,

Presidente.-

Sen.

Cleominio

Zoreda

Novelo,

Secretario.-

Dip.

Balfre

Vargas
Cortez, Secretario.- Rúbricas."
En
cumplimiento

de

lo

dispuesto

por

la

fracción

I

del

Artículo

89

de

la

Constitución

Política

de

los
Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la
Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a doce de octubre de
dos
mil

once.-

Felipe

de

Jesús

Calderón

Hinojosa.-

Rúbrica.-

El

Secretario

de

Gobernación,

José
Francisco Blake Mora.- Rúbrica.