CÓDIGO DE COMERCIO
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 28-03-2018
32 de 286
Artículo
responsabilidad civil o penal y de las penas que correspondan a los delitos en que, en su caso, incurran
los infractores.
Artículo derogado DOF 04-08-1934. Adicionado DOF 29-08-2003
Artículo 112.- Las autoridades competentes harán uso de las medidas legales necesarias, incluyendo
el
procedan
órganos competentes la adopción de las medidas cautelares que se estimen necesarias para asegurar la
eficacia de la resolución que definitivamente se dicte.
Artículo derogado DOF 04-08-1934. Adicionado DOF 29-08-2003
Artículo
inhabilitado o cancelado en su ejercicio, el registro y los Certificados que haya expedido pasarán, para su
administración,
mediante reglas generales.
Artículo derogado DOF 04-08-1934. Adicionado DOF 29-08-2003
CAPÍTULO IV
RECONOCIMIENTO DE CERTIFICADOS Y FIRMAS ELECTRÓNICAS EXTRANJEROS
Capítulo derogado DOF 04-08-1934. Adicionado y reubicado con denominación reformada DOF 29-08-2003
Artículo 114.- Para determinar si un Certificado o una Firma Electrónica extranjeros producen efectos
jurídicos,
supuestos:
I.
El lugar en que se haya expedido el Certificado o en que se haya creado o utilizado la Firma
Electrónica, y
II.
El lugar en que se encuentre el establecimiento del Prestador de Servicios de Certificación o del
Firmante.
Todo Certificado expedido fuera de la República Mexicana producirá los mismos efectos jurídicos en
la
equivalente a los contemplados por este Título.
Toda
efectos jurídicos en la misma que una Firma Electrónica creada o utilizada en la República Mexicana si
presenta un grado de fiabilidad equivalente.
A
equivalente
internacionales reconocidas por México y cualquier otro medio de convicción pertinente.
Cuando,
utilización de determinados tipos de Firmas Electrónicas y Certificados, se reconocerá que ese acuerdo
es suficiente a efectos del reconocimiento transfronterizo, salvo que ese acuerdo no sea válido o eficaz
conforme al derecho aplicable.
Artículo derogado DOF 04-08-1934. Adicionado DOF 29-08-2003
Artículo 115.- (Se deroga).
Artículo derogado DOF 04-08-1934