CÓDIGO DE COMERCIO
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 28-03-2018
179 de 286
le
suspenderse la audiencia.
La prueba se declarará desierta si, aplicados los medios de apremio señalados en el párrafo anterior,
no se logra la presentación de los testigos. Igualmente, en caso de que el señalamiento del domicilio de
algún testigo resulte inexacto o de comprobarse que se solicitó su citación con el propósito de retardar el
procedimiento,
cantidad
ejecución en contra del infractor, sin perjuicio de que se denuncie la falsedad en que hubiere incurrido,
declarándose desierta de oficio la prueba testimonial.
Artículo adicionado DOF 27-01-2011. Reformado DOF 09-01-2012
Artículo
concebidas en términos claros y precisos, limitándose a los hechos o puntos controvertidos objeto de esta
prueba, debiendo el juez impedir preguntas contrarias a estos requisitos, así como aquellas que resulten
ociosas o impertinentes. Para conocer la verdad sobre los puntos controvertidos, el juez también puede,
de oficio, interrogar ampliamente a los testigos.
Artículo adicionado DOF 27-01-2011. Reformado DOF 09-01-2012
SECCIÓN TERCERA
Instrumental
Sección adicionada DOF 27-01-2011
Artículo 1390 Bis 44.- Los registros del juicio oral, cualquiera que sea el medio, serán instrumentos
públicos;
correspondiente,
resoluciones pronunciadas por el juez y los actos que se llevaron a cabo.
Artículo adicionado DOF 27-01-2011
Artículo 1390 Bis 45.- Los documentos que presenten las partes podrán ser objetados en cuanto su
alcance
presentados con posterioridad deberán serlo durante la audiencia en que se ofrezcan.
La impugnación de falsedad de un documento, tratándose de los exhibidos junto con la dem anda, se
opondrá mediante excepción, simultáneamente en la contestación y nunca después, a no ser que fueren
supervenientes.
pertinentes, además de la prueba pericial, con lo que se dará vista a la contraria, para que manifieste lo
que
preliminar; sin que haya lugar a la impugnación en la vía incidental.
Párrafo reformado DOF 09-01-2012, 25-01-2017
Tratándose
demanda, o bien, de documentos exhibidos por cualquiera de las partes con posterioridad a los escritos
que fijan la litis, la impugnación se hará de forma oral en vía incidental en la audiencia en que éstos se
admitan.
Párrafo adicionado DOF 25-01-2017
La preparación y desahogo de la prueba pericial correspondiente, se hará en términos de los artículos
1390 Bis 46, 1390 Bis 47 y 1390 Bis 48 de este Código.
Párrafo adicionado DOF 25-01-2017
Si
cualquiera
juzgador.