CÓDIGO DE COMERCIO
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 28-03-2018
261 de 286
DECRETO por el que se reforma el artículo 1411 del Código de Comercio.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 2011
Artículo Único.- Se reforma el artículo 1411 del Código de Comercio, para quedar como sigue:
………
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
México,
Chuayffet
Cortez, Secretario.- Rúbricas."
En
Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la
Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a doce de octubre de
dos
Francisco Blake Mora.- Rúbrica.