CÓDIGO DE COMERCIO
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 28-03-2018
234 de 286
DECRETO
Comercio y del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de julio de 1993
ARTICULO PRIMERO.- Se reforman el artículo 1347-A primer párrafo, fracción I y último párrafo; la
denominación del Título Cuarto del Libro Quinto; y los artículos 1415 al 1437; y se adicionan los artículos
1438 al 1463 al propio Título Cuarto del Libro Quinto del Código de Comercio, para quedar como sigue:
…….
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
SEGUNDO.-
carácter
comerciales, salvo acuerdo en contrario de las partes.