CÓDIGO DE COMERCIO
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
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Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 28-03-2018
248 de 286
DECRETO por el que se reforman las fracciones V y VI del Artículo 1068 del Código de
Comercio.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de abril de 2006
Artículo Único.- Se reforman las fracciones V y VI del artículo 1068 del Código de Comercio, para
quedar como sigue:
..........
TRANSITORIO
Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial de la Federación.
México, D.F., a 16 de marzo de 2006.- Dip. Marcela González Salas P., Presidenta.- Sen. Enrique
Jackson
González, Secretaria.- Rúbricas."
En
Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la
Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veinte días del
mes de abril de dos mil seis.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Carlos
María Abascal Carranza.- Rúbrica.