CÓDIGO DE COMERCIO
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 28-03-2018
251 de 286
DECRETO por el que se reforma la fracción III del artículo 1347-A del Código de Comercio
y la fracción III del artículo 571 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2008
PRIMERO.- Se reforma la fracción III de artículo 1347-A del Código de Comercio, para quedar como
sigue:
……….
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Segundo.-
entrada en vigor del presente decreto, se sujetarán a las disposiciones vigentes al momento de haberse
iniciado el procedimiento respectivo.
México,
Horacio
Pedro Cortés, Secretario.- Rúbricas."
En
Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la
Residencia
diciembre
Gobernación, Lic. Fernando Francisco Gómez Mont Urueta.- Rúbrica.