CÓDIGO DE COMERCIO
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 28-03-2018
241 de 286
DECRETO
por

el

que

se

reforma

el

Título

Sexto

del

Libro

Segundo

del

Código

de
Comercio.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2000
ARTICULO PRIMERO.- Se reforma la denominación del Título Sexto del Libro Segundo del Código de
Comercio, se adiciona un
Capítulo IV

al Título

Sexto del

Libro

Segundo del Código

de

Comercio

y

se
adicionan las disposiciones que se indican a los artículos 392, 393 y 394 del Código de Comercio para
quedar como sigue:
..........
ARTICULO TRANSITORIO
ARTICULO
UNICO.-

El

presente

decreto

entrará

en

vigor

al

día

siguiente

de

su

publicación

en

el
Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 11 de abril de 2000.- Dip. Francisco José Paoli Bolio, Presidente.- Sen. Dionisio
Pérez
Jácome,

Vicepresidente

en

funciones.-

Dip.

Marta

Laura

Carranza

Aguayo,

Secretario.-

Sen.
Raúl Juárez Valencia, Secretario.- Rúbricas".
En
cumplimiento

de

lo

dispuesto

por

la

fracción

I

del

Artículo

89

de

la

Constitución

Política

de

los
Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la
residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintinueve días
del mes de mayo de dos mil.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación,
Diódoro Carrasco Altamirano.- Rúbrica.